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Trabajo Legislativo Aprobado

Ley Orgánica Municipal

  • Establece se realicen programas relativos a la protección de migrantes, así como se proporcionen apoyos en servicios funerarios.

  • Establece aspectos en materia de cultura y derechos culturales, se crea el Programa Municipal de Cultura y Derechos Culturales.

  • Establece se expida el Código de Ética de los Servidores Públicos del Ayuntamiento.

  • Establece el principio de paridad en delegados, subdelegados y consejos de Colaboración Municipal.

  • Incorpora aspectos relativos al manejo, separación y selección integral de residuos sólidos urbanos, así como respecto de las obligaciones de los ciudadanos para contribuir a la preservación del medio ambiente, separando adecuadamente los residuos sólidos que produzcan.

  • Establecer que, si al aplicar la votación de mayoría calificada, con relación al total de integrantes de un ayuntamiento, resultare cantidad en números fraccionados, esta fracción, será equivalente a un voto y se sumará al número cardinal siguiente.

  • Establece aspectos relativos a actividades que realizan asociaciones no lucrativas.

  • Incorpora aspectos respecto de la figura de Consejos Municipales.

  • Precisa aspectos respecto de las facultades y obligaciones a las que se sujetan los miembros del Ayuntamiento, mismas que son irrenunciables e intransferibles.

  • Incorpora aspectos para el apoyo, creación, operación y fortalecimiento de refugios para las mujeres víctimas de violencia, así como de sus hijas e hijos.

  • Establece se promueva la participación ciudadana en los procesos de vigilancia y evaluación de los programas y acciones de la administración pública municipal.

  • Incorpora requisitos para acceder al cargo de servidores públicos.

  • En la designación de los titulares en el ayuntamiento, observa el principio de paridad de género.

  • Fortalece aspectos relativos al trabajo de las Comisiones.

  • Fortalece aspectos respecto de organización, conservación y transparencia de la información generada, administrada o en posesión de los ayuntamientos.

  • Fortalece aspectos referentes a la creación de planes de conservación, mantenimiento, protección y demás acciones encaminadas a preservar las zonas y monumentos arqueológicos muebles e inmuebles.

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